Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL al ciudadano JOSE ANGEL ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.311.088, de este domicilio, en su condición de representante legal de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quienes se encuentran asistidos por el Abg. Obismar Puerta Liscano, Inpreabogado N° 126.887, para que proceda a cobrar a favor su hija, la suma de dinero que le correspondía a su madre ciudadana MILAGRO JOSEFINA PALMA MOLLEJA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 7.834.808 quien falleció en fecha 05 de Mayo de 2012, por concepto de Indemnizaron por fallecimiento (seguro de Vida) y prestaciones sociales correspondiente a Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Seguro de Vida, ley de Política Habitacional, Pensión de Sob.....