De la revisión exhaustiva del presente Expediente, se evidencia que por auto de fecha (16/09/2019), el cual riela al folio (219), se recibió y consignó Oficio N° 2019-S/N emanado del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas y estado Miranda, mediante el cual se remitieron las RESULTAS DE LA COMISIÓN debidamente CUMPLIDA, contentiva de los Oficios N° JSA-012/2019 y JSA-013/2019, librados en fecha (17/01/2019) a la PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, respectivamente, las cuales fueron agregadas al presente expediente. En consecuencia a los fines de salvaguardar la tutela judicial efectiva y el debido proceso tal como lo señalan los artículos 26 y 49 Constitucional, se deja expresa constancia que una vez que consten en autos las notificaciones del Abocamiento a la Parte Recurrente sociedad mercantil AGROPECUARIA RANCHO ALEGRE, C.A., identifica.....