Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Segundo Ramírez en su condición de apoderado judicial de la parte tercera opositora (representada por Aura Margarita Castillo), contra la decisión de fecha 22 de febrero de 2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En consecuencia, se deja sin efecto la ejecución forzosa de la medida de embargo ejecutiva que pesaba sobre la bienechuría ubicada en la calle 9, antigua calle Iboa, con Avenida Tres en la Ciudad de San Pablo, Municipio Arístides Bastidas, decretada con ocasión al juicio 4718 nomenclatura del tribunal a quo y la cual es propiedad de la sucesión de María Herrera.