Se ordena REMITIR al Tribunal de Juicio la presente causa, a los fines de que la Jueza de Juicio provea lo que considere pertinente; De conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, concatenado con el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una vez que conste en auto las notificaciones efectuadas; se ordena notificar al Representante del Ente Demandado y al Procurador General de este Estado, a los efectos de ley, entréguese al Alguacil, a los fines de que practique las notificaciones ordenadas.