DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrita y presentada por la ciudadana GUEVARA CHIRINOS ELBA ZAIDUBI, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-16.084.202, con domicilio procesal ubicado en la urbanización Villa de Oro, calle 3, casa D-41, municipio Independencia, estado Yaracuy.
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO, suscrito entre el ciudadano GUILLEN JOSÉ RAFAEL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-15.389.060, y la ciudadana GUEVARA CHIRINOS ELBA ZAIDUBI, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-16.084.202; relacionado con la compra-venta de un inmueble (vivienda), ubicado en la urba.....