..., declara la EXTINCIÓN DE LA APELACIÓN interpuesta en fecha 06 de julio de 2011, por la abogado Nelva Hernández, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Firma Mercantil Sureca C.A, parte demandada, contra las decisiones dictadas en fecha 1° de julio de 2011 por el Juzgado del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en los que declaró: primeramente que no operaba la perención de la instancia prevista en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia declaró improcedente la solicitud realizada por la demandada y, en el segundo auto se declaró competente para conocer de la demanda.
Remítase el expediente al Tribunal de origen en su debida oportunidad.