este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, conforme a la Resolución N° 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en sede Civil, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ALFREDO JOSE ARAUZ FRANCO y MAGALY GREGORIA RIVERO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.201.161 y V-10.372.396 respectivamente, asistidos por la abogada Sulay Asunta Duran Colmenares, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 177.366. Por consiguiente queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha 28 de diciembre de 1.997, por ante La Cámara Municipal del Municipio José Antonio Páez, Sabana de Parra, Estado Yaracuy, según acta de matrimonio inserta bajo el Nº 09 del Libro de.....