VI DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Balmore Rodríguez Noguera, Inpreabogado Nro. 34.902, en su condición de apoderado judicial de los demandados SAUTOR RODRÍGUEZ NOGUERA Y WILMER BERNARDO ARELLANO RAMÍREZ, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de fecha 20 de octubre de 2017, en el presente juicio de ACCIÓN REIVINDICATORIA seguido por los ciudadanos FLOR FAJARDO DE GONCALVES y JOSÉ LUIS GONCALVES contra los recurrentes.
SEGUNDO: CON LUGAR la defensa previa opuesta por los demandados en cuanto a la IMPUGNACIÓN DE LA CUANTÍA,.....