Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: Se NIEGA el recurso de casación anunciado en fecha 12 de abril de 2024, por la abogada GLADYS FIGUEROA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 72.146, quien actúa en su propio nombre y representación, contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 01 de abril de 2024, en el presente juicio que por PARTICION DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA interpuesta por la ciudadana MIRNA FIGUEROA IZAGUIRRE, contra los ciudadanos JUAN BAUTISTA FIGUEROA ROMERO, ELISEO BIBIANO FIGUEROA ROMERO, LUÍS FIGUEROA IZAGUIRRE, GLADYS FIGUEROA IZAGUIRRE, EDGAR FIG.....