PRIMERO: El padre podrá compartir con su hijo los días lunes, desde las 10.00 am hasta las 7:00 pm, los días martes desde las 10:00 am hasta el miércoles 7:00 pm con pernocta y jueves de cada semana desde las 10:00 am hasta las 7:00 pm, buscándolo y retornadlo al hogar materno. SEGUNDO: EI padre compartirá el dia del padre y cumpleaños de este, asimismo, el cumpleaños del niño, previo acuerdo entre ambos progenitores del niño, buscándolo y retornándolo al hogar materno, asimismo el dia de la madre y cumpleaños de esta. Asimismo, el cumpleaños del niño, la madre podrá compartir con el niño según previo acuerdo entre ambos progenitores. TERCERO: En carnaval la madre podrá compartir con su hijo y semana santa el padre compartirá con su hijo por ser dia festivo, siendo alternos los años sucesivos, buscándolo y retornándolo al hogar materno, previo acuerdo entre las partes. CUARTO: En época decembrina el padre compartirá con el niño el 24 a partir de las 2:00 pm hasta el dia 26 de diciembre.....