: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO 185-A, interpuesta por el ciudadano FREDDY CRISTÓBAL COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.708.617, contra la ciudadana ZULAY COROMOTO RIVERO DE COLMENÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.123.745, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, por haberse producido la separación de hecho. SEGUNDO: En consecuencia de lo expuesto en el particular primero, se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha treinta (30) de agosto del año 1973, por ante la Alcaldía del Municipio Urachiche, Dirección de Registro Civil del Estado Yaracuy, según acta N° 43. TERCERO: Se hace constar que el solicitante manifestó que en cuanto a los bienes gananciales adquiridos durante la unión matrimonial se realizaran una vez obtenida la sentencia de Divorcio, conforme al procedimiento especial por lo que la cual debe liquidarse en su debida oportunidad. CUARTO: En cuanto a lo.....