D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana ESTHER MARILÚ SOTO ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 10.369.317 y el ciudadano MIGUEL DOMENICO ASUAJE, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° 7.509.923; asistidos de la abogada ANNY MARIEMELY ASUAJE LUCENA, inscrita en el Inpreabogado según matrícula N° 247.726. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha 12 de abril de 1995, en la Prefectura Civil del Municipio Cocor.....