Vista la diligencia que antecede suscrita por los Abogados: ROSSMARY CEBALLOS OLMOS y OSWALDO HENRIQUEZ, identificado en autos, quienes actúan en representación de la parte demandada y actora respectivamente, mediante la cual solicitan la reprogramación de la Audiencia Preliminar fijada par el día de hoy Jueves Veintiocho (28) de Febrero de 2008, a las Diez de la mañana (10:00 A.M.). En consecuencia, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes, por lo tanto se acuerda la REPROGRAMACIÓN de ésta Audiencia Preliminar, en consecuencia, se fija para el día LUNES DIECISIETE (17) DE MARZO DE 2007, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A. M.), no se notifica a las partes por cuanto están a derecho, conforme a lo previsto en el articulo 7 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-