Decisiones del dia 28/04/2017
N° Expediente :
6381
N° Sentencia :
Fecha: 28/04/2017
Procedimiento: Accion Mero Declar. De Existenc. De Union Concubin
Partes: CIUDADANA MARIA MAGDALENA GONZÁLEZ ROMERO CONTRA LOS CIUDADANOS RAFAEL SIMÓN HERRERA RAMOS, GUSTAVO RAFAEL HERRERA REYES, JULIO CESAR HERRERA ROMERO, RUBEN DARIO HERRERA ROMERO, MIGUEL ANGEL HERRERA ROMERO, FEDERICO TOMAS HERRERA ROMERO, RAFAEL GUSTAVO HERRERA GONZÁLEZ Y EMPERATRIZ DEL ROSARIO HERRERA GONZÁLEZ
Resumen:
DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE en derecho el convenimiento y reconocimiento efectuado por los ciudadanos RAFAEL SIMÓN HERRERA RAMOS, GUSTAVO RAFAEL HERRERA REYES, JULIO CESAR HERRERA ROMERO, RUBEN DARIO HERRERA ROMERO, MIGUEL ANGEL HERRERA ROMERO, FEDERICO TOMAS HERRERA ROMERO, RAFAEL GUSTAVO HERRERA GONZÁLEZ y EMPERATRIZ DEL ROSARIO HERRERA GONZÁLEZ, en su condición de hijos del De Cujus RAFAEL GUSTAVO HERRERA TREJO, de los hechos esgrimidos en la demanda efectuada por la ciudadana MARÍA MAGDALENA GONZÁLEZ ROMERO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ANTULIO JESÚS BERRIZ, Inpreabogado Nº 183.325.
SEGUNDO: COMO CONSECUENCIA DEL ANTERIOR PRONUNCIAMIENTO, se imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada al convenimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE DECLARA LA EXISTENCIA DE LA UNION CONCUBINARIA entre los ciudadanos MARÍA MAGDALENA GONZÁLEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, .....
Juez/Ponente:
Wendy Yanez Rodriguez
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
UP11-H-2017-000315
N° Sentencia :
Fecha: 28/04/2017
Procedimiento: Homolog. De Reg. De Conv Familiar Y Oblig. De Man.
Partes: JESSICA DEL CARMEN REÑASCO BURGOS Y JOSÉ GREGORIO TORREALBA ARIAS
Resumen:
EN CUANTO A LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: PRIMERO: El padre aportará la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) MENSUAL, que serán entregados al Consejo de Protección del Municipio Bruzual, y la madre estará obligada a firmar recibo como señal de cumplimiento. SEGUNDO: En cuanto a los gastos decembrinos, se compromete a comprar la ropa del 24 de diciembre de los niños, el padre aportará la primera quincena de diciembre equivalente a la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00). TERCERO: Con respecto a las consultas médicas, medicinas, entre otros, los mismos serán cubiertos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores, previa indicaciones médicas, presupuesto y presentación de facturas.
EN CUANTO AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: PRIMERO: El padre compartirá con su hija los fines de semana cada quince días desde el viernes a las 3:00 p.m hasta los lunes a las 10:00a.m, buscándola y retornándola el padre al Consejo de Protección del Municipio Bruzua.....
Juez/Ponente:
Belkis Morales de Rodriguez
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen