DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nro. 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: No Califica la detención en flagrancia del ciudadano LELIS MARCELINO MOGOLLON, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.576.961, de 53 años de edad, venezolano, soltero, fecha de nacimiento 17/07/1957, residenciado en el Sector Callejón Alto del Rio, Parroquia Campo Elías, casa 13591, Chivacoa Municipio Bruzual del estado Yaracuy, por cuanto considera este juzgador que no están llenos los extremos del articulo 93 de la Ley Especial. SEGUNDO: Acuerda la continuación del presente asunto por vía del Procedimiento especial contemplado en la ley especial contemplado en el artículo 94 y siguientes. TERCERO: impone al imputado LELIS MARCELINO MOGOLLON, LIBERTAD PLENA de conformidad con el artículo 243 del Código orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se impone las si.....