DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos DURAN de CARIÑO EMI ZULAY y CARIÑO ROBERT CIRO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 9.190.183 y 4.968.469 respectivamente domiciliados en la prolongación de la calle 16, barrio Italven, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado LISCANO CUENCA HEIDY GUSMAYREN, Inpreabogado N° 182.755. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre ellos, en fecha 1° de diciembre del 1.978, ante el Despacho de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, tal como se evidencia del acta de matrimonio civil, signada con el N° 159, que anexa a la solicitud, y corre inserta a los folios 5, 6 y su vuelto, de este expediente.
SEGUNDO: UNA VEZ QUEDE FIRME LA PRESENTE DECISIÓN, se ordena participar lo conducente al Registro Civil del Municipio Independencia, y al Registro Principal, ambos del Estado Yaracuy, t.....