En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Yaracuy, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la extinción de la acción penal de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 7° y por ende el sobreseimiento de la presente causa según lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, seguida contra el ciudadano SANDY JOSÉ FIGUEROA MOGOLLON, venezolano, nacido en fecha 09-02-1977, de 28 años de edad, soltero, mecánico, titular de la Cédula de Identidad N° 15.767.338, domiciliado en Caserío San Ramón, Sector La Villa, Callejón El Cedro, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 17 de la Ley Contra la Violencia de la Mujer y la Familia en perjuicio de LUZ SILIMA.....