este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCIÓN DE INSTANCIA de la solicitud de CONSIGNACIONES seguido por el ciudadano: HERNANDO DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº E-82.000.609, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: GLADYS CAMACHO LÓPEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 61.504, a favor del ciudadano, GUIL ALEJO RODRÍGUEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 4.963.237, en calidad de Propietario o Arrendador del inmueble, por falta de interés de la partes, asimismo este Juzgado ordena de conformidad el cierre, archivo y remisión al Archivo Judicial del Estado Yaracuy del presente expediente.