en consecuencia, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y disuelto el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos LIEBANO JOSE CORNIEL SANCHEZ y KENNIBEL YARINA JIMENEZ BERNAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.608.085 y 16.482.650 respectivamente. Con respecto al hijo de las partes en estado de minoridad, se establece lo siguiente: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la obligación de manutención, por cuanto no se encuentra probada la capacidad económica del progenitor, se establece la cantidad de CIEN DOLARES (100$) mensuales, pagaderos conforme a la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV), asimismo, las cuotas extras en los meses de septiembre y de diciembre de cada año, para cubrir los conceptos de GASTOS ESCOLARES por la suma de CIEN DOLARES (100$) y GASTOS DECEMBRINOS, por el .....