DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado del Municipio Nirgua, de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO formulada por la ciudadana: MARTA ANTONIA ACOSTA, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad y de este domicilio y DECRETA SU INSERCION en los libros de Registro Civil de nacimientos llevados por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Temerla del Municipio Nirgua, estado Yaracuy, dejándose constancia que la ciudadana MARTA ANTONIA ACOSTA, nació por parto extra hospitalario, en la Parroquia "Temerla", Municipio Nirgua, estado Yaracuy, el día ocho (8) de diciembre del año 1948, siendo sus padres los ciudadanos: MACARIO ALEJANDRO GONZÁLEZ y JUANA NASARIA ACOSTA, hoy difuntos.-
En virtud de que el presente procedimiento no tiene apelación conforme lo prec.....