DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado del Municipio Nirgua, de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO formulada por la ciudadana: MIRIAN MARÍA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio: NIXON VARELA TORO, antes identificado y DECRETA SU INSERCION en los libros de Registro Civil de nacimientos llevados por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Nirgua, estado Yaracuy, dejándose constancia que la ciudadana MIRIAN MARÍA CASTILLO, nació por parto extra hospitalario, en el caserío "Miraflores" del Municipio Nirgua, estado Yaracuy, el día cinco (5) de agosto del año 1971, siendo sus madre la ciudadana: PETRA CASTILLO.
Como la filiación se ha determinado con respecto a uno sólo de los progen.....