Con base a los razonamientos que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide. 1) Se decreta la aprehensión en flagrancia de los imputados ROSA DUQUE ALTUVE, venezolana, de 53 años de edad, titular de la cédula de identidad número: 4.964.727 y REYES PEÑA, venezolano, de 56 años de edad, titular de la cédula de identidad número: 4.971.148, para la primera se acordó arresto domiciliario con vigilancia policial y para el segundo quedará recluido en la Policía del Estado Yaracuy, hasta tanto le sea practicado el examen médico forense ordenado por este Tribunal. 2) Que la presente causa sea tramitada por el Procedimiento ordinario. 3) Se acordó la privación Judicial Preventiva de libertad para los ciudadanos ROSA DUQUE ALTUVE, venezolana, de 53 años de edad, titular de la cédula de identidad número: 4.964.727 y REYES PEÑA, venezolano, de 56 años de edad, titular de la cédula d.....