Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Protección del niño y del adolescente de la circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de divorcio incoada por la ciudadana OLGA MAGDALENA HERNANDEZ CAYAMA DE LUGO, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la población de Yumare, Municipio Manuel Monge del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº V-11.647.374, debidamente asistida por el Abogado ELOY DURANT PALENCIA, Inpreabogado Nº 17.595, en contra su cónyuge FRANCISCO RAFAEL LUGO SOTO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el cruce de Yumare, casa sin número, Municipio Manuel Monge del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº V-7.910.672, fundamentando la acción en la causal prevista en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil, y consecuencialmente "QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL", contraído entre .....