DECLARA INCOMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana MORAIMA JACQUELINE AREVALO DE HEREDIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.909.064, obrera, domiciliada en el Barrio Simón Bolívar, calle 7, casa N° 23, Aroa, Municipio Bolívar, estado Yaracuy, representado por su Apoderada Judicial, ABG. ZAFIRO NAVAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.513.976, Inpreabogado N° 24.555. En consecuencia, se declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por los motivos expuestos en el presente fallo.
Se ordena remitir a la Unidad de Recepción de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.-
A los fines del control del ingreso de Causas, se le asigna el N° 7635.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dado.....