Decisión
Por los razonamientos antes expuestos en los considerandos anteriores, este Tribunal de Control N°1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Niega la petición del Defensor Publico Primero de la Sección de Adolescentes Abg. Robert Brizuela motivado a lo dispuesto en el artículo 271 de la Carta Fundamental de la Republica.
En consecuencia notifíquese a las partes del presente fallo interlocutorio. Cúmplase.
La Jueza de Control N°1 de la Sección de Adolescentes.
Abg. Yurubí Domínguez Ochoa
La Secretaria
Abg. Maria de los Ángeles Gimenez.