DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite la Acusación fiscal y todas las pruebas ofrecidas por la Fiscal del Ministerio Publico SEGUNDO: En virtud de la Admisión de Hechos del acusado Anderson Francisco Escalona, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.547.051, fecha de nacimiento 19/05/1986, de 22 años de edad, residenciado en la calle 14, con avenida Cedeño, Sector Italven, Casa Nro. 18-39, Municipio San Felipe Estado Yaracuy, por la comisión del Delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, Previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en concordancia con el agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica parar la Protección del Niño y del Adolescente y d.....