se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, al INSTITUTO AUTÓNOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), representado por la ciudadana: ANA LUCIA OCHOA MEZA, venezolana, mayor de edad, Ingeniero, titular de la Cédula de Identidad N° 7.661.161, en su condición de Presidente de dicho Instituto y patrono demandado (a),en la dirección indicada en dicho libelo, en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que ha incoado la ciudadana: MERLY ISABEL PERDIGON CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.826.422, y conforme a los artículos 64, 82, y 83 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, por ser la demandada un ente Público, se acuerda la notificación del Ciudadano Procurador General del Estado Yaracuy, mediante oficio con copia certificada de la demanda, del escrito.....