Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ANTONIO RAMON CABEZA LISCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.123.648 y NAYDA ESTHER DELGADO LADERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.427.059, debidamente asistidos por la Abogada JUDITH YEPEZ GONZALEZ, INPREABOGADO N° 35.185. En consecuencia en atención a su hijos identidad omitida, de diecisiete (17) y quince (15) años de edad respectivamente, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad será compartida por ambos padres; SEGUNDO: La Guarda será ejercida por la madre; TERCERO: En cuanto al régimen de visitas amplio, pudiendo el padre visitar a los adolescentes cuando lo considere conveniente. Con respecto a la.....