Declara: Primero: Con Lugar, el recurso de apelación interpuesta por el apoderado Judicial de la parte demandante, abogado ELIO JOSE ZERPA ISEA, Inpreabogado N° 0568, contra la sentencia dictada y publicada por el Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 21 de Abril del año 2008, en la Acción de Cumplimiento de Contrato.
Segundo: INADMISIBLE la demanda de Cumplimiento de Contrato, incoada por la ciudadana: ADELICIA AMADOR RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.706.014, representada judicialmente por los abogados Elio José Zerpa Isea, y Robert José Zerpa Tovar, Inpreabogado Nros: 0568 y 67.336 respectivamente, contra la ciudadana: NILSA MARGARITA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.906.836, representada judicialmente por el abogado Pascualino Di Egidio Vitalote, Inpreabogado N° 23.666; así como la Reconvención .....