este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda: RATIFICAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN FAMILIAR, a favor de la niña identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actualmente de 7 años de edad, en la persona de la ciudadana INACARY ALIBET PADILLA BRACHO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 14.798.113, domiciliada en la Morita Nueva, sector 2, vereda 4, casa Nº 11, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, por considerarlo procedente en beneficio e interés de la niña identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica d.....