Por las razones de hecho y de derecho antes expuesta este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: CON LUGAR, SOLICITUD DE PRORROGA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN, a favor de la ciudadana MARIA BERTA SALCEDO VASQUEZ y su grupo familiar, consistente en el resguardo a la integridad física de la mencionada ciudadana como de su grupo familiar, mediante rondas sucesivas, realizada por los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del estado Yaracuy por el lugar de residencia, ubicada en LA Avenida Libertador, Casa Nro. 11, Marìn, Sector El Paují, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, por el lapso de noventa días. Notifíquese al Solicitante y líbrese el respectivo oficio a la Comandancia Policial del Estado Yaracuy. Cúmplase.