Vistas las consideraciones de hecho y de derecho, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente acción de RESTITUCION INTERNACIONAL, incoada por Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores de la Republica Bolivariana de Venezuela, a solicitud del ciudadano: WILSON ESTIK GODOY RODRIGUEZ, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía Colombiana Nº 80.058.977, y representado por la Defensora Pública Segunda con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del estado Yaracuy, abogado YAMILTE MORGADO, en beneficio del Interés Superior de su hijo, el "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA", nacido en fecha: 12 de junio d.....