en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder la AUTORIZACION JUDICIAL COBRO DE BENEFICIOS a la ciudadana LITUANIA PETIT HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.462.031, domiciliada en la Urbanización 12 de Octubre, vereda 10, casa Nº 3, Aroa, Municipio Bolívar del estado Yaracuy, en su carácter de madre y representante legal de la adolescente Identidad Omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de dieciséis (16) años de edad, quien se encuentran debidamente asistida por la abogado YAMILETH NORELIS MORGADO BEAMÓNT, Defensora Pública Segunda, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita al S.....