declara CON LUGAR la solicitud de revisión por Aumento de obligación alimentaría de la sentencia de fecha 18 de julio de 2.002 formulada por la ciudadana MIRIAN JOSEFINA CAMACHO PUERTAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.963.265, en su carácter de madre y representante legal de los niños (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), venezolanos, de nueve (9), ocho (8) y seis (6) años de edad respectivamente, quienes se encuentran asistidos por el abogado DAVID ANTONIO GARCIA BLANCO, en su carácter de Defensor Público Décimo encargado, de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y con competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, en el cual solicita del ciudadano AQUILES PEREIRA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.516.670, domiciliado en la calle 28, con Av. 9, casa N° 10, municipio Indepen.....