ISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE LA ORDEN DE APREHENSION, contra de la ciudadana YENNY CAROLINA GRATEROL DE CORONADO, venezolana, natural de Yaritagua, titular de la cédula de identidad N° 17.319.329, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 09-03-86, estado civil casada, profesión u oficio del hogar, residenciada en el sector sabanita 04, Santa Eduviges, casa s/nº, calle 06, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy, por no evidenciarse la realización del acto formal de imputación que debió realizar el Fiscal del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125, 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal. De igual manera no cumplen con los requisitos de la Orden Aprehensión, establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Notifíque.....