Por razones de hecho y de derecho que han quedado expuestas, este Juzgado de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", autoriza a la Abg. ÁNGELA GIL VIVAS, en su condición de Fiscal Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, para que conduzca la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica, relacionada con el asunto N° UP01-P-2007-001347, que obra contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, identificada en la Experticia Química N° 9700-244-1034 del 04/05/07, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.