D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana GICELA ROSA CARDÓZO PAÉZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 11.652.143; y el ciudadano PEDRO JOSÉ BETANCOURT OCHOA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.370.522, asistidos del abogado EDUARDO FELICIANO ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado según matricula N° 238.933; En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha 29 de febrero de 1984, por ante la Alcaldía del Municipio San Javier, Marí.....