se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a la firma mercantil: SUPERMERCADO CENTRO SAN PABLO, en la persona de su propietario y representante legal y al ciudadano LUI YUN CHU, de nacionalidad extranjera, titular de la cédula de identidad N° E-82.235.786, con domicilios en: Avenida 1, entre Calles 8 y 9, San Pablo, Municipio Arístides Bastida, Estado Yaracuy, en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que les ha incoado el ciudadano: RONNYL BALMIL FLORES COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.962.876, de este domicilio, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a las ONCE de la mañana (11:00 a.m.) del décimo (10º) día hábil siguiente, posterior a la con.....