DECISION
Por todos los razonamientos anteriores este juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA la competencia por la cuantía, según la cantidad en que fue estimada la demanda de: COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, incoado por el ciudadano: JOHNNY ALFREDO MUJICA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad No. 15.109.445, representado judicialmente por los Abogados: Juan Antonio Gutiérrez C., y Felisola Mújica Flores, Inpreabogado Nos. 92.203 y 102.545, respectivamente, contra la ciudadana: LISBETH CAROLINA RIVERO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 14.443.156; conforme a los previsto en el Artículo 29 del Código de Procedimiento Civil, ante el Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de esta Circunscr.....