En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ordene la restricción de ingreso a la sede donde funciona la Compañía Anónima denominada FARMACIA REMEFARMA. C.A., la cual está inscrita en el Registro Mercantil del Estado Yaracuy, en fecha 11 de Junio del año 2021, quedando anotada bajo el Nº 10, Tomo 12-A RM 466, Expediente Nº 466-25193, ubicada en la Cuarta Avenida entre Calles 11 y 12, Nro. 113, Edificio Nuevo Éxito, Locales 1 y 2, Barrio El Panteón , Municipio San Felipe Estado Yaracuy, de la ciudadana FRANCIS ELENA DI CESARE MARCANO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 12.021.593, para lo cual se acuerda comisionar suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medi.....