DECISIÓN
Por lo todos los razonamientos y argumentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, conforme a Derecho, declara:
PRIMERO: Que el domicilio conyugal de las partes se estableció en la Avenida Urdaneta cruce con Soublette, frente al Grupo Escolar Antonio Herrera Toro, de la población de Montalbán, Municipio Montalbán, Estado Carabobo.
SEGUNDO: La INCOMPETENCIA por el Territorio de este Órgano Objetivo Judicial para conocer de la presente demanda por DIVORCIO intentada por el ciudadano MUFID SALEH HELMI HAFEZ en contra de la ciudadana FLORERIA GREGORIA CASTRO HENRIQUEZ, todos identificados en actas, en consecuencia, DECLINA la competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la .....