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Decisiones del dia 07/02/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 1863-05 N° Sentencia : Fecha: 07/02/2006
Procedimiento:
Desalojo Del Inmueble Arrendado
Partes:
MICHELINA ERHARDT DE PASCALE VS DULCE MARÍA GONZÁLEZ DE GONZÁLEZ Y ARLOU ALEXANDRA GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Resumen:
En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: Se declara CON LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana MICHELENA ERHARDT DE PASCALE, inicialmente asistida por el abogado Afranio Pérez y luego representado por el abogado en ejercicio de su profesión Luis Eduardo Domínguez, contra las ciudadanas DULCE MARÍA GONZÁLEZ DE GONZÁLEZ y ARLOU ALEXANDRA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, representadas por los abogados en ejercicio de su profesión Gilberto Corona y Oscar José Guerra, respectivamente, por DESALOJO DE INMUEBLE, basada en el artículo 34.a) y d) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, la parte demandada ciudadanas DULCE MARÍA GONZÁLEZ DE GONZÁLEZ Y ARLOU ALEXANDRA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, deberán desalojar y por ende entregar el inmueble motivo del arrendam.....
Juez/Ponente:
Luis Moncada
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes
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N° Expediente : 1880-05 N° Sentencia : Fecha: 07/02/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
JULIO CESAR MENDOZA BAQUERO VS DORYS E. VELASQUEZ
Resumen:
De la revisión tanto del libelo de demanda presentado por la parte accionante, abogadas Andreina Volpe y Patricia Vivas, así como de la contestación a la misma llevada a cabo por el abogado Héctor León Escalona Gonzalez, no se desprende que los demandantes dentro de sus pretensiones hayan hecho mención de donde se encontraba el librador de la letra de cambio, ciudadano Julio Cesar Mendoza Baquero, e igualmente, no se desprende de las excepciones o defensas opuestas por el demandado en la oportunidad de dar contestación a la demanda, referirse a si el ciudadano Julio Cesar Mendoza Baquero se encontrase dentro o fuera del país en un periodo determinado, por tanto, considera el Juez que suscribe, que, de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, la información requerida es manifiestamente impertinente a la litis, por concernir a un asunto totalmente distinto no controvertido, por tanto se declara la improcedencia y se exime de la evacuación de la presente prueba, .....
Juez/Ponente:
Luis Moncada
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes
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N° Expediente : 1886-06 N° Sentencia : Fecha: 07/02/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
ABOG. LEOTILIO JOSE ESCALONA GONZALEZ VS RAMON DONATO RODRIGUEZ Y RAMON RODRIGUEZ
Resumen:
Podemos decir siguiendo a Loreto Arismendi, que el endosatario por procuración viene a ser como un mandatario del endosante y como tal, puede ejercer en nombre de éste todos los derechos derivados de la letra de cambio ("La Letra de Cambio en Venezuela", 1976, P: 174). El endoso por procuración es un mandato especial, por tanto, se han de indicar de conformidad con el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, todas aquellas facultades que requieren de expresa atribución tales como: convenir, desistir, transigir, comprometer, etc. Revisada la letra de cambio, se constata que el endosatario en procuración, abogado Leotilio José Escalona González, no tiene facultad expresa para desistir, por tanto, este Tribunal considera que el desistimiento es improcedente, en consecuencia se abstiene de homologarlo, y así se declara. El Juez, Dr. Luis Humberto Moncada Gil, La secretaria, Sra. María de las Nieves González,
Juez/Ponente:
Luis Moncada
Organo:
Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes
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