Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, conforme al el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO (ORDINARIA), presentada por el ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCIA MUÑOZ, anteriormente identificado, en consecuencia, SE RECTIFICA SU ACTA DE NACIMIENTO, la cual se encuentra inserta en los libros de Registro Principal así como en el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San Felipe, ambos del Estado Yaracuy, anotada con el número 69, folio 37, del 13 de Enero de 1966
SEGUNDO: Donde se colocó JAVIER como el segundo nombre de su padre, deben colocarle en lo adelante GABRIEL, que es el verdadero, quedando demostrado que su nombre completo es FRANCISCO GABRIEL GARCIA PARRA......