Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos: YSIDRO RAMON ALSA ALVARENGA y ELSA MARGARITA GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.511.676 y 8.516.538 respectivamente, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías levantadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, ubicada en la Avenida 8 entre Calles 3 y 4, Barrio La Lucha Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: CIENTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS (195.31 mts2)