declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por la ciudadana RAGZAIN BETZAIN NORIEGA CARIEL, en representación de su hijo identidad omitida, en contra del ciudadano OSCAR LUIS AGUILAR MENDOZA, antes identificados.- SEGUNDO: Se condena al demandado OSCAR LUIS AGUILAR MENDOZA, a aumentar la Pensión de Alimento de su hijo identidad omitida, de CIENTO SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES (Bs. F 175,00) mensual a CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 400,00) mensual; los Útiles Escolares de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 200,00) a la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 400,00) en el mes de septiembre de cada año; y Aguinaldos de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 500,00) en el mes de diciembre de cada año a UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 1.500,00), en la primera quincena del mes de diciembre de cada año.
La cantidad fijada por concepto de Pensión de Alimento, es decir Bolívares 400,00 mensual, corres.....