DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE IRENO MORENO y MARIA MAGDALENA RIVAS QUIROZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.126.404 y V- 3.320.993 respectivamente, asistidos por el abogado, JUAN COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 140.841. Por consiguiente, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha Veintisiete (27) de Noviembre del año Mil Novecientos Ochenta (1.980), según acta inserta bajo el Nº 76, de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por el Registro Civil del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy.
No hay pronunciamiento en relación a hijos, por desprenderse de los autos que durante la vida conyugal no procrearon hijos ni en cuanto a la liquidación de los bienes gananciales, por la manifestación de los solicitantes que no fueron adquiridos bienes materiales que liquidar.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y.....