DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: YOAN MANUEL AGUIAR ALIENDO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.382.705, de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hija la niña: identificación reservada y de este domicilio, por la cantidad de DOSCIENTOS ONCE BOLÍVARES (Bs. 211,00) quincenales que deberá entregar directamente a la madre de la niña referida o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada quincena por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Cumplir, adicional a la cuota de manutención, con pagar una cuota extra de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) entre el día.....