DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece al ciudadano: CARLOS ALBERTO GUTIERREZ OLIVARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.974.345 y con domicilio en este Municipio,
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de su hijo o hija en gestación por la cantidad de CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 50,00) semanales, que deberá entregar en efectivo, al inicio de cada semana por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cubrir al menos el 50% de los gastos que por atención médica, medicinas, calzado y ropa, que requiera la madre del neonato o neonata durante la gestación, el parto y el puerperio, así como para el niño o niña por nacer, y en cuyo favor se establece esta obligación de manutención.
Una vez que el niño o niña .....