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Decisiones del dia 09/06/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Nirgua
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1936-05 N° Sentencia : 27 Fecha: 09/06/2005
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
MARIA ESTHER GUERRA VELOZ, CONTRA EL CIUDADANO JOSE ANTONIO HERAS
Resumen:
CAPITULO TERCERO DISPOSITIVA Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece como obligación alimentaria que debe pagar el ciudadano: JOSE ANTONIO HEREDIA, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.558.040, con domicilio en la población de Salom, Estado Yaracuy, en beneficio de los niños: (Identidad Reservada), de este domicilio, la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs. 18.000) semanales, que es el equivalente al 30% del sueldo básico semanal del demandado, los cuales deberá consignar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra. Queda igualmente obligado a cubrir el 50% de los gastos totales de útiles escolares, uniforme, ropa y calzado, asistencia médica y medicinas cuando los niños beneficiarios de esta obligación alimentaria lo requieran y una cuot.....
Juez/Ponente:
Ivan Edgardo Palencia Arias
Organo:
Juzgado del Municipio Nirgua
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N° Expediente : 1937-05 N° Sentencia : 28 Fecha: 09/06/2005
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
LIBIA JOSEFINA GARCES, CONTRA EL CIUDADANO BARTOLO RAMON MONTES
Resumen:
CAPITULO TERCERO DISPOSITIVA Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece como obligación alimentaria que debe pagar el ciudadano: BARTOLO RAMON MONTES, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.592.239, con domicilio en la población de Salom, Estado Yaracuy, en beneficio de los niños: (Identidad Reservada), de este domicilio, la cantidad de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 25.200) semanales, que es el equivalente al 30% del sueldo básico semanal del demandado, los cuales deberá consignar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra. Queda igualmente obligado a cubrir el 100% de los gastos totales de útiles escolares, uniforme, ropa y calzado, asistencia médica y medicinas cuando los niños beneficiarios de esta obligación alimentaria lo requie.....
Juez/Ponente:
Ivan Edgardo Palencia Arias
Organo:
Juzgado del Municipio Nirgua
arriba

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