DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A) Declina la competencia en la Jurisdicción Penal del Estado Aragua, por cuanto el ciudadano HECTOR JOSE SEVILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. 7.587.303, es solicitado por un Tribunal Penal del Estado Aragua, sea traslado de inmediatamente al Estado Aragua, a fin de ponerlo a la Orden de Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua.
B) Este Tribunal, considere que lo prudente, es que dicho traslado sea ejecutado por el Cuerpo de Investigación Científicas, Penales y Criminalística, Departamento de Captura, a fin de que el ciudadano HECTOR JOSE SEVILLA, ampliamente identificado, sea traslado de forma inmediata a un Tribunal de Control del Circuito Judi.....